Recurso de Apelación Contra Medida de Coerción a Tekashi: Fiscalía Busca Revisión Judicial

Recurso de Apelación Contra Medida de Coerción a Tekashi: Fiscalía Busca Revisión Judicial

YOSPER, SANTO DOMINGO.-Este miércoles, la fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, acompañada de la directora de Violencia de Género de la Procuraduría General de la República (PGR), Ana Villa Camacho, presentó un recurso de apelación contra las medidas de coerción impuestas por la jueza Fátima Veloz a Daniel Hernández, alias "Tekashi" o "6ix9ine", rapero estadounidense acusado de violencia de género e intrafamiliar.

En la apelación, se destacó la aplicación errónea de la norma por parte del tribunal, señalando el peligro que enfrenta la víctima, la cantante urbana Jorgina Guillermo Díaz (conocida como Yailín La Más Viral), y su madre Wanda Díaz Núñez al no imponérsele la medida privativa de libertad solicitada por el Ministerio Público.

La fiscal Ramos subrayó que la jueza vulneró el derecho de la señora Wanda Díaz Núñez a ser escuchada y permitió la participación activa de abogados que, por disposición legal, no debían intervenir, demostrando así una vulneración de los derechos de las partes.

Adicionalmente, se mencionó que se ignoraron pruebas cruciales, como la llamada de auxilio al 9-1-1 realizada por Yailín y el riesgo de fuga al ser Tekashi un extranjero. También se hizo hincapié en la omisión de la prueba de un celular ocupado al acusado en la celda, utilizado para amedrentar testigos y obstaculizar la investigación.

La Ley No. 339-22, citada por el Ministerio Público, establece la posibilidad de participación virtual de la víctima en casos de delitos sexuales, violencia intrafamiliar y de género, resaltando la importancia de considerar la vulnerabilidad de las personas en estas situaciones.

En cuanto a las medidas impuestas por la jueza Veloz, se destaca la presentación de una garantía económica de 30 mil pesos, el impedimento de salida del país, presentación periódica ante el Ministerio Público y la obligación de someterse a la vigilancia y cuidado del Centro Conductual para la Desarticulación de la Personalidad Violenta, además de asistir a sus charlas.

Veloz también emitió una orden de protección recíproca a favor de las víctimas, prohibiendo a Tekashi molestarlas de cualquier manera.

Según la investigación del Ministerio Público, el acusado ha ejercido violencia verbal, física y psicológica contra las víctimas, siendo el caso calificado jurídicamente como una violación a la Ley 24-97, artículos 309-1 y 309-2, relacionada con la violencia contra las mujeres y la violencia intrafamiliar.

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