Madre de la menor en caso Wander Franco acusada de explotación y lavado de activos, Revela el MP

Madre de la menor en caso Wander Franco acusada de explotación

YOSPER, SANTO DOMINGO.- Según el documento oficial, la mujer (cuyo nombre se omite para salvaguardar la identidad de la menor) habría incurrido en pr0stituc1ón de su hija y lavado de activos. Las acciones de la madre, llevadas a cabo durante más de 10 meses, se consideran violatorias de varios artículos establecidos en la ley 136-03, que aborda el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, así como en la ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y el Código Penal Dominicano.

La mujer habría infringido el artículo 25 de la ley 136-03, que prohíbe la Comercialización, Prostitución y Pornografía relacionada con niños y adolescentes. El informe detalla que la madre habría participado en la comercialización, definida como la transferencia de un menor a otra persona a cambio de remuneración, y en la prostitución de la menor, es decir, la utilización de la joven en actividades sexuales a cambio de compensación.

Según el MP, la madre habría llevado a cabo estos actos por una suma de dinero que supera el millón de pesos, utilizando estos fondos para adquirir propiedades, incluyendo un vehículo e inmueble, así como para costear lujos que exhibía en sus redes sociales.

Los delitos descritos anteriormente son castigados por la ley en los artículos 409 y 410, que sancionan la comercialización y explotación de menores, respectivamente. La comercialización conlleva condenas de 20 a 30 años de reclusión y una multa significativa, mientras que la explotación sexual o prostitución impone penas de tres a diez años de prisión y multas sustanciales.

El documento también señala que la mujer violó el numeral 11 del artículo 2 de la ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, al considerar la explotación de menores como un activo, específicamente un vehículo y una porción de tierra.

Además, se destaca la violación de los numerales dos y tres del artículo 3 de la misma ley, que aborda el lavado de activos. Estos numerales se refieren a ocultar, disimular o encubrir la naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o propiedad real de bienes provenientes de delitos precedentes, así como la adquisición o administración de bienes con conocimiento de que son producto de lavado de dinero.

Según el informe de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género e Intrafamiliar y Delitos Sexuales de Puerto Plata, la madre también habría violado el artículo 9 de circunstancias agravantes en caso de lavado de activos, particularmente los numerales 1, 2 y 7. Estos numerales incluyen la participación en grupos criminales organizados, la comisión del delito de lavado de activos en asociación con dos o más personas, y el empleo de menores para facilitar el delito, incluyendo el uso de instituciones educativas con estos fines.

En base a estos delitos, el Ministerio Público solicita medidas de coerción contra la imputada, consistentes en impedimento de salida y arresto domiciliario, de acuerdo con la normativa procesal penal vigente establecida en el Código Penal Dominicano.

¿Qué opinas de esta noticia?

Subir