Dictan 3 meses de prisión preventiva para Chuki y Alex por el fallecimiento de Paula Santana

Dictan 3 meses de prisión preventiva para Chuki y Alex por el fallecimiento de Paula Santana

YOSPER, SANTO DOMINGO.- Este jueves, el juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Este resolvió imponer tres meses de prisión preventiva a Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki) y Joaquín Alexander Hidalgo Marte (Alex), quienes enfrentan acusaciones relacionadas con la muerte de Paula Santana Escalante. El cuerpo de la víctima fue descubierto en la alcantarilla de la empresa donde laboraba, Integer Holdings Corp, situada en la zona Franca Las Américas.

La jueza Karen Casado Minyety determinó que los imputados deberán cumplir la medida de coerción de 90 días en el Centro de Corrección San Pedro de Macorís.

El abogado de la presunta víctima, Marcos Alcántara, calificó la decisión como justa y adecuada. Según la solicitud de medida de coerción presentada contra los acusados, después de cometer el abuso y asesinar a Santana Escalante, procedieron a arrojar su cuerpo por la alcantarilla de drenaje.

Por otro lado, el representante legal de los imputados, Juan Manuel Mateo Medina, considera que la medida impuesta es abusiva. El documento detalla la existencia de testigos que corroboran que la noche en que desapareció Santana Escalante, ambos acusados no estaban en sus lugares de trabajo, donde normalmente prestaban servicio en la planta de la compañía.

El Ministerio Público identifica a Alex, responsable de la seguridad en la planta, y a Chuki, quien encontró el cuerpo sin vida de Paula en la alcantarilla, como los individuos que, en la madrugada del 21 de febrero de 2023, abusaron y arrojaron a la víctima por la alcantarilla de drenaje.

Asimismo, según los testimonios recabados, la noche de la desaparición de Paula, los acusados no estaban en sus respectivos puestos de trabajo. De manera provisional, se les imputa asociación de malhechores, actos de tortura y barbarie, violación sexual, homicidios y robo, delitos tipificados y sancionados en los artículos 265, 266, 303, 331, 379, 381, 295 y 304 del Código Penal Dominicano.

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